Aerolíneas deberán informar a usuarios causas de demora en sus vuelos

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Aerolíneas deberán informar a usuarios causas de demora en sus vuelos
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La Cámara de Diputados aprobó establecer que aerolíneas deberán informar a los pasajeros, a través de medios electrónicos y en el área de abordaje, las razones o causas que originen la demora de un vuelo, y poner a su alcance la dirección electrónica de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), para interponer su queja.

El dictamen aprobado en lo general por unanimidad de 408 votos, reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Al fundamentar el documento, el presidente de la Comisión de Economía, diputado Jorge Enrique Dávila Flores (PRI), expresó que se robustece el derecho a la información de los pasajeros de líneas aéreas, contemplando tres obligaciones para permisionarios o concesionarios del servicio de transportación aérea.

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Publicar a través de medios electrónicos o físicos, en área de abordaje y en módulos de atención al pasajero, causas o razones por las que los vuelos serían demorados, y poner a disposición de los consumidores toda la información relativa para la presentación de quejas o denuncias en cada una de las terminales en donde operen.

Informar al momento de la compra del boleto y en los módulos de atención al pasajero, mediante folletos o por medios electrónicos, términos y condiciones del servicio contratado, políticas de compensación, listado de derechos de los pasajeros en puntos de atención en los mostradores, en las centrales de reserva, así también a bordo de las aeronaves.

Dar a conocer sus derechos a los pasajeros de forma constante en medios electrónicos y a través de las agencias de viajes. “Queremos otorgar herramientas a los consumidores, buscando así un equilibrio en la relación de consumo”, afirmó.

Dávila Flores subrayó los beneficios que se contemplan para los pasajeros. Cuando la demora sea superior a dos horas e inferior a cuatro, se compensará con el 7.5 por ciento del valor del boleto. Si es mayor a cuatro horas, el pasajero será compensado recibiendo la devolución del valor total del boleto.

Previo a los posicionamientos se aceptó una adenda presentada por la Junta Directiva de la Comisión de Economía, para homologarlo con el dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil, que establecen una regulación inédita de compensaciones e indemnizaciones por retrasos en los vuelos por causas imputables a las aerolíneas.

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