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Embargan 48 mdp y 86 hectáreas de Residencial Balvanera por orden de juez federal

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La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) informó que un Juez Federal ordenó el embargo por 48 millones de pesos y 86 hectáreas de terreno a la empresa Residencial Balvanera, a fin de garantizar el pago de la sanción económica judicial demandada por la dependencia, de conformidad con la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Lo anterior porque la empresa violó las medidas ordenadas por la Profepa y hacer un desarrollo inmobiliario sin autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, sin pago al Fondo Forestal Mexicano y ocasionando daños al ambiente en una superficie de 22,000 m2 de vegetación natural.

La Profepa denunció ante PGR al Administrador Único, propietario y Gerente General de la empresa, por posible comisión de hechos constitutivos contra el ambiente y la gestión ambiental; por una obra realizada que integra un edificio de 5 pisos con 22 departamentos y 2 penthouse de lujo, casa club, alberca, gimnasio y estacionamiento.

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El Caso

En agosto de 2012, la empresa Residencial Balvanera informó a la Semarnat que realizaría actos de remoción de vegetación forestal en un predio ubicado en Querétaro, solicitando autorizaciones federales en materia de impacto ambiental y de cambio de uso de suelo en terrenos forestales.

Sin embargo, en diciembre del 2013, meses después de haber solicitado autorizaciones forestales, la empresa se desistió del trámite de la autorización, que implicaría un importante pago compensatorio al Fondo Forestal Mexicano y, de acuerdo a la dependencia, a pesar de ello se llevaron a cabo las obras del proyecto en violación a la legislación ambiental.

Por tal razón, la Profepa practicó visitas de inspección al desarrollo ubicado en el Municipio de Corregidora, Querétaro, encontrando que las actividades inmobiliarias ya habían iniciado sin permiso, sin realizar un programa de rescate y reubicación de especies de la vegetación afectada y sin pagar medidas compensatorias, por lo que se ordenó la suspensión total temporal del proyecto.

A pesar de estas acciones, la empresa optó por desacatar dicho mandamiento, continuar y concluir la ejecución de las obras en el sitio inspeccionado, iniciando la comercialización de departamentos y lotes construidos en el predio.

La Profepa ha iniciado dos procedimientos de inspección federal, uno en materia forestal y un segundo en materia de impacto ambiental.

En cumplimiento al deber de denuncia previsto en el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Profepa dio vista al Ministerio Público especializado quien investiga la posible comisión de delitos federales contra el ambiente, así como querellas por delitos que atentan en contra de la gestión ambiental. Dichos delitos prevén sanciones de hasta doce años de prisión.

Ante el reiterado incumplimiento de la inspeccionada y el desacato a las medidas de seguridad ordenadas, en noviembre de 2016, la Profepa aplicó el Protocolo de Responsabilidad Ambiental previsto para casos de actos ilegales, dolosos, que producen daño en grave, desacato a las determinaciones de la autoridad administrativa, ejerciendo una acción judicial de responsabilidad ambiental. La demanda fue admitida por el Juez Primero de Distrito con residencia en el Estado de Querétaro.

Dicho órgano jurisdiccional ordenó ejecutar diversas medidas precautorias, entre las que se encuentran el mandato para que la empresa se abstenga de cualquier acto de remoción de vegetación, traslación de dominio, posesión o en su caso, la celebración de algún contrato que altere la condición que guarda el terreno afectado.

En cumplimiento a lo ordenado por el Juez federal, el 22 de febrero se ejecutó un embargo precautorio ordenado por la autoridad judicial por la cantidad de $48,020,000.00, travándose embargo sobre un terreno de 86 hectáreas y las construcciones que en él se encuentran.

La legislación forestal prevé que el cambio de uso de suelo en terrenos forestales solo puede ser autorizado de manera excepcional, cuando se prevea el rescate de especies y su adaptación al nuevo hábitat, y siempre que se deposite un pago compensatorio al Fondo Forestal Mexicano. Prevé también que toda persona física o moral que ocasione directa o indirectamente un daño a los recursos forestales, los ecosistemas o sus componentes, estará obligada a repararlo en términos de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

La Profepa ha solicitado al Poder Judicial de la Federación ordenar en sentencia la restitución del terreno afectado a su estado original, así como el pago de la multa judicial máxima equivalente a 48 millones de pesos que, en su caso, deberán ser depositados al Fondo de Responsabilidad Ambiental de la Semarnat.

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